miércoles, 25 de abril de 2007

tema 2

La Propiedad industrial, en Venezuela es regulada por, El Servicio autónomo de la propiedad intelectual (SAPI), ente adscrito al Ministerio de Producción y comercio, y no es otra que la propiedad que adquiere el inventor o descubridor con la creación o descubrimiento de cualquier producto relacionado con la industria, y el productor, fabricante o comerciante con la creación de signos especiales con los que aspira a diferenciar los resultados de sus trabajos de otros similares. La propiedad industrial designa los derechos sobre bienes inmateriales que se relacionan con la industria y con el comercio: de una parte, los que tutelan el monopolio de reproducción de los nuevos productos o procedimientos que por su originalidad y utilidad merecen tal exclusividad; de otra, las denominaciones del producto o del comerciante que sirven de atracción y convocatoria para la clientela. Los derechos de propiedad intelectual son derechos absolutos o de exclusión que requieren, para su válida constitución, la inscripción en un registro especial, relativo a la propiedad en cuestión. Por otra parte, el interés general exige que las concesiones exclusivas de propiedad industrial no sean perpetuas, y ello determina que las leyes concedan a los derechos citados un tiempo de duración distinto según las distintas modalidades que discriminen esta propiedad especial y temporal. Transcurrido el tiempo de existencia legal, caducan los derechos. La caducidad puede resultar por efecto de otros motivos, como la falta de pago de las anualidades o cuotas correspondientes, el no uso por el plazo que la ley determine en cada caso, y la voluntad, por ende, de los interesados.

Propiedad Industrial


La propiedad industrial es un conjunto de derechos que puede poseer una persona física o jurídica sobre una invención (patente, modelo de utilidad, topografía de productos semiconductores, certificados complementarios de protección de medicamentos y productos fitosanitarios), un diseño industrial, un signo distintivo (marca o nombre comercial), etc.
Otorga dos tipos de derechos: en primer lugar el derecho a utilizar la invención, diseño o signo distintivo, y en segundo lugar el derecho a prohibir que un tercero lo haga.

El derecho de prohibir (ius prohíben di) es la parte más destacada de la propiedad industrial y permite al titular del derecho el solicitar el pago de una licencia. Posee límites temporales, pues casi todos los derechos de propiedad industrial tienen una duración máxima, y territoriales pues sólo tienen validez en el territorio donde se han concedido (normalmente, pero no exclusivamente, un país). Otros límites al derecho de prohibir son el agotamiento del derecho, por el cual una vez comercializado con permiso del titular o habiendo cobrado la indemnización no se puede impedir la posterior venta; el uso con fines experimentales y no comerciales, la entrada temporal en el país de un medio de locomoción matriculado en el extranjero, etc.
( http://es.wikipedia.org/wiki/Propiedad_industrial)

Patente

Es un titulo de propiedad de una invención tecnológica, la protección legal dada por un titulo de patente confiere al inventor el derecho exclusivo de explotar comercialmente la invención dentro del territorio del país que otorga el derecho. También se entiende por patente el conjunto de derechos que la ley concede al inventor de un objeto o producto (entendiendo por tal a su autor o creador), que tiene como principal característica su novedad, es decir, que no haya sido conocido ni puesto en práctica o a prueba en el Estado que expide la patente ni en el extranjero.


Tipos de Patente:

De Invención: Su duración es de 20 años (art. 50, Decisión 486)

De Modelo de Utilidad: Su duración es de 10 años (art. 84, Decisión 486)

Articulo 7: Todo individuo tiene derecho a mejorar la invención de otro, pero no podrá usar esa invención sin consentimiento del inventor. Tampoco el inventor podrá usar la mejora o mejoras hechas sin el consentimiento del autor de la mejora. (Republica Bolivariana de Venezuela. Ley de Propiedad Industrial, Gaceta Oficial N0 25.227 de fecha 10 de Diciembre de 1956.)

De Mejora: Esta patente consiste en resguardar la mejora que alguna persona le haya hecho a un invento ya existente, su duración es de cinco a diez años según la voluntad del solicitante, y según la Ley de Propiedad Industrial

Marcas
Es todo aquello que el consumidor piensa cuando escucha el nombre de su compañía. Se entenderá por marca todo signo perceptible capaz de distinguir en el mercado, los productos o servicios producidos o comercializados por una persona de los productos o servicios idénticos o similares de otra persona. Pueden ser registrados como Marcas todos los signos que sean aptos para distinguir bienes y servicios en el mercado que sean susceptibles de representación gráfica.
Artículo 27 (L.P.I.): Bajo la denominación de marca comercial se comprende todo signo, figura, dibujo, palabra o combinación de palabras, leyenda u cualquiera otra señal que revista novedad, usados por una persona natural o jurídica para distinguir los artículos que produce, aquellos con los cuales comercia o su propia empresa.



Las Marcas son utilizadas, principalmente para:
  • Distinguir productos o servicios.
  • Indicar a los consumidores el origen empresarial o geográfico de los productos o servicios.
    Resaltar la calidad de los productos o servicios.
  • Apoyar y facilitar campañas de publicidad y mercadeo de productos o servicios.
Tipos de Marcas


  • Marca de Producto o Servicio: distingue productos o servicios de otros similares existentes en el mercado.

  • Marca Colectiva: es todo signo que sirva para distinguir el origen o cualquier otra característica común de productos o servicios pertenecientes a empresas diferentes y que lo utilicen bajo el control de un titular.

  • Marca de Certificación: es aquel signo destinado a ser aplicado a productos o servicios cuya calidad u otra característica han sido certificados por el titular de la marca.

  • Marcas Mixtas: son aquellas que están integradas por una combinación de elementos figurativos y denominativos.

  • Marcas Figurativas (logos): son aquellas que están compuestas por diseños únicos.Marcas Denominativas: son aquellas que están integradas por la denominación de letras o palabras



Libertad de industria y comercio



Su finalidad es la protección individual a la creación y la salvaguarda del acceso y divulgación de la tecnología, el derecho a la inversión y la producción, todo ciudadano tiene derecho a la participación y acceso a conocimientos tecnológicos y culturales a través de los servicios de información en conformidad con la normativa de propiedad industrial.





Ley de protección para la libre competencia

Se entiende por libre competencia, aquella actividad de la cual existan las condiciones para que cualquier sujeto económico, sea oferente o demandante, tenga completa libertad de entrar o salir del mercado, y quienes estén dentro de el no tengan posibilidad, tanto individualmente como en colusión con otros, de imponer alguna condición en las relaciones de intercambio.







El Servicio autónomo de la propiedad intelectual (SAPI), ente adscrito al Ministerio de Producción y comercio, fue creado según decreto Presidencial Nº 1768, el 25 de Marzo de 1997, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 36192 de fecha 24 Abril de 1997; entra en funcionamiento el primero de Mayo de 1998 según resolución ministerial del 7 de Abril de 1998 y fue publicada en la Gaceta Oficial Nº 36433 del 15 de Abril de 1998.


La creación del SAPI unir bajo una misma organización la propiedad industrial y el derecho de autor. Esta función a hecho posible agilizar y optimizar el proceso de registro, protección y difusión de las creaciones del intelecto humano bajo los diversos esquemas que operan actualmente en el sistema Venezolano de propiedad intelectual. La transformación de la estructura organizativa del sistema de propiedad intelectual nacional, ha sido concebida en respuesta a los dinámicos cambios del entorno y al surgimiento de nuevas estructuras y modelos económicos y comerciales.



Misión del SAPI
Brindar servicios especializados de excelencia para el uso estratégico de la Propiedad Intelectual, que contribuyan al desarrollo cultural, económico y social de forma sustentable


Objetivos del SAPI



  • Crear un registro público de comerciantes y actividades comerciales.
  • Elaborar un censo comercial permanente.
  • Da valor agregado a casi la totalidad de los bienes materiales y servicios que utilizamos.
  • Promueve el sistema de la propiedad intelectual como parte del desarrollo socio – económico y sostenible.Coordina con su Ministerio (MPC) la ejecución de políticas.





















































































2 comentarios:

Cesar Augusto Calderon Calderon dijo...

Epale que mas argedys como anada todo mire lo felicito por su exposicion un poco corta pero bien cubrio con lo que se queria del tema y me paresio bueno lo del caso practico suerte.......

Andrea Rosaly dijo...

Hola te felicito por tu exposición al igual que tus compañeros eres muy buen expositor aunque estabas un poco nevioso pero de verdad el tema estuvo muy smeno. suerte!!!